El esguince cervical por accidente de tráfico es una de las lesiones más comunes que se suelen producir en este tipo de incidentes automovilísticos. Éstas se producen, normalmente, en accidentes por alcance en la parte trasera puesto que generan hiperextensiones en el cuello. Las principales afectaciones se generan en los músculos, tendones, nervios y en los casos más graves en los discos cervicales.
Grados de esguince cervical por accidente
Antes de comenzar los trámites para reclamar una indemnización por esguince cervical es importante conocer los distintos grados que esguinces que existen. No solo para identificar cuál es el parámetro en el que se tendrá que hacer la reclamación, sino porque acudir al médico es fundamental para poder gestionar la reclamación.
Grado 1: dolor sin presencia de contracturas tras radiografía
Grado 2: dolor con signos de contractura en radiografía
Grado 3: dolor con signos de contractura e imposibilidad de movimientos
Grado 4: Todo lo anterior más síntomas de adormecimiento en extremidades superiores, además de mareos y vómito
Grado 5: Todo lo anterior más fracturas o luxaciones
Las primeras horas son cruciales para reclamar la indemnización
La importancia de conocer el grado de la lesión por esguince cervical en la máxima brevedad se debe a que, por un lado, es necesario comprobar el alcance del traumatismo cervical para proceder con la reclamación de la indemnización.
Por otro lado, es necesario conocer el grado de lesión por revisión médica o clínica porque la actualización del Baremo de accidentes de 2016 específica que el lesionado debe acudir al médico o debe ser objeto de atención médica en las primeras 72 horas tras sufrir el accidente. En caso de no acudir en ese plazo de tiempo establecido por ley, se pierde todo derecho a rehabilitación y a obtener una indemnización.
Por qué conceptos puedo pedir la indemnización por esguince cervical
Para poder aplicar la indemnización por esguince cervical por accidente de tráfico hay que cumplir una serie de requisitos. La Ley de 2016 establece cuándo se tiene derecho a recibir un pago por indemnización de esta lesión.
Lo primero que hay que saber es que el lesionado no debe tener antecedentes por lesiones cervicales o similares, ya que en este caso no se podría justificar al cien por cien que el daño por el que reclama es causa del accidente de tráfico. Sí que se podría reclamar, para el caso de que sí hubiera antecedentes cervicales, una agravación y su correspondiente indemnización.
Como ya hemos mencionado, los síntomas del esguince o latigazo se deben presentar en las 72 horas posteriores al accidente y haber sido informados y diagnosticados por un médico. Asimismo, debe haber una relación entre la zona que ha sufrido la lesión y las causas que generaron este daño.
Finalmente, la intensidad del accidentes es otro elemento que utilizan las aseguradoras para establecer si es justificable el daño por esguince o latigazo cervical en el accidente de tráfico. Para medir esta intensidad suelen recurrir a pruebas biomecánicas, es decir, se remiten a los daños de los vehículos para establecer la gravedad. Las compañías de seguros, si no existen unos daños considerables, acostumbran a rechazar la reclamación por baja intensidad.
Hacer una reclamación de esguince cervical por accidente de tráfico no es tan sencillo como pudiera parecer, ya que las aseguradoras siempre van a buscar tener los mayores beneficios evitando dar las indemnizaciones correspondientes. Por ello, muchas veces las víctimas son confundidas o engañadas con trámites o aplazando las reclamaciones para que al final los afectados estén fuera de tiempo para las reclamaciones correspondientes.
Para evitar pérdida de tiempo y, sobre todo, que dar el mejor tratamiento de rehabilitación tras un accidente de tráfico os aconsejamos que os asesoréis en RDI Abogados ya que somos expertos en reclamación de indemnizaciones por esguince cervical y trabajamos para que las víctimas reciban lo que por ley merecen.
Si como conductor has tenido un accidente de tráfico y la colisión ha sido por detrás, seguramente estarás sufriendo un latigazo cervical.
El latigazo cervical es una lesión que se produce por un movimiento rápido y enérgico del cuello, hacia atrás y hacia adelante, como bien su nombre indica, el chasquido de un látigo.
La mayoría de conductores con latigazo cervical mejoran en pocas semanas siguiendo un plan de tratamiento que incluye analgésicos y ejercicio. Sin embargo, algunas personas sufren dolor crónico de cuello y otras complicaciones de larga duración.
¿Cuáles son los síntomas de un latigazo cervical a un conductor?
Por lo general, los signos y síntomas de la hiperextensión cervical comienzan a manifestarse pocos días después de la lesión y pueden ser los siguientes:
- Dolor y rigidez de cuello
- Intensificación del dolor al mover el cuello
- Pérdida de la amplitud de movimiento en el cuello
- Dolor de cabeza que generalmente empieza en la base del cráneo
- Sensibilidad o dolor en los hombros, en la parte superior de la espalda o en los brazos
- Hormigueo o entumecimiento en los brazos
- Fatiga
- Mareos
En todo caso, legalmente, está considerado una lesión temporal. Hay tres grados para evaluar esta lesión. Siendo la de grado I la menos y grado III la mayor. En el caso de grado I el médico hará un informe con los síntomas que exprese el paciente, no habiendo pruebas tipo radiografías u otras que constaten que hay un daño.
¿Cómo se calculan las indemnizaciones por latigazo cervical a un conductor?
Las indemnizaciones por latigazo cervical se calculan también por día, diferenciando entre días básicos y días moderados.
A esta indemnización se le suman los gastos que nos hayan ocasionado las lesiones tales como el desplazamiento al centro de rehabilitación, medicamentos… o si has tenido pérdidas en tu negocio por la falta de actividad derivado de la lesión, o tu nómina se haya visto afectada por el mismo motivo.
En números, esta indemnización puede ser de unos 2.000€ a 10.000€, dependiendo del grado, del tiempo de curación total y de las secuelas.
Como conductor esto te interesará. Este es el baremo de indemnización por accidentes aprobado en el BOE este 2020:
Perjuicio Personal Básico: los días en los que el lesionado sufre malestar por lesión y recibe rehabilitación. Se indemnizan con 31,33€ diarios.
Perjuicio Personal Particular moderado, grave o muy grave: El grave y muy grave se refiere los días de hospitalización. Moderado: 54,29€.Grave. 78,31. Muy grave: 104,41€
Como bien sabrás, hay dos vías para reclamar una indemnización por accidente:
La vía extrajudicial, en la que se es necesario que haya una negociación amistosa llegando así a un acuerdo entre las partes.
La vía judicial, se presenta una demanda por lo civil exigiendo la indemnización a la compañía aseguradora, a la empresa o a quien corresponda la responsabilidad del accidente, por los daños y perjuicios ocasionados en el siniestro. Para ello, hay que presentar pruebas periciales tales como documentación médica, etc.
En RDI ABOGADOS te asesorará siempre un Abogado especialista en accidentes de tráfico. Contamos con los mejores abogados para que puedas reclamar la indemnización máxima que te corresponda.
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