La bici de ciclista, el vehículo del postconfinamiento, ¿Ya conoces tus derechos?
Según avanza la desescalada y, conforme nos vayamos incorporando a nuestro trabajo, de forma física en nuestras oficinas y demás, aumentan las dudas sobre si recuperar los viejos hábitos de ir en transporte público. ¿Cómo nos podremos desplazar manteniendo la distancia de seguridad y, por lo tanto, evitando las aglomeraciones de metros, trenes o autobuses. Entretanto, alternativas resurgen con fuerza, como el hecho de desplazarse en bicicleta.
Según distintos estudios de movilidad, el uso de la bicicleta se multiplicará por 7 en áreas urbanas, tras el confinamiento. Pero, ¿Ya conocemos nuestros derechos en caso de accidente?
La bici de por si es un vehículo ligero no contaminante pero si hablamos de accidentes, es especialmente vulnerable.
¿Qué pasa si el ciclista es el causante del accidente?
En este caso debemos, el ciclista deberá acarrear con la responsabilidad civil o incluso penal de dicho accidente. Para ello, es necesario conocer si la póliza de hogar cubre estas acciones específicas o si el ciclista ha suscrito algún seguro especializado. En dicho, caso la aseguradora se hará cargo de la indemnización. Si no, la responsabilidad económica se cubrirá a través del patrimonio del ciclista.
¿Qué pasa si el ciclista es la víctima?
Respecto de los daños personales, la indemnización por accidente de bici que se puede reclamar abarca una amplia variedad de posibilidades que varían en función del daño o lesiones causadas.
Así, desde pequeñas fracturas, cicatrices, rascadas y heridas, hasta la muerte, hay un amplio rango de daños personales por los que se pueden reclamar indemnizaciones de cuantías variables. Por una lesión muy leve, por ejemplo algunos cortes, se podrían reclamar alrededor de 1.200 euros, variando esta cantidad en función del tiempo de recuperación de la lesión, de la edad de la víctima, etc. Por otro lado, en el caso de lesiones de mayor gravedad, que dejan secuelas permanentes e invalidantes, se pueden reclamar indemnizaciones de más de 300.000 euros, variando en función de diversos factores de corrección y circunstancias concurrentes.
Además de las indemnizaciones anteriores, la víctima de un accidente de bicicleta tiene derecho a cobrar por cada día que esté hospitalizada una cantidad de 78,31 euros. Asimismo, tendrá derecho a cobrar 54,30 euros por cada día que no pueda llevar a cabo su actividad habitual, en concepto de baja impeditiva. Y por cada día que pueda desempeñar su actividad habitual, pero que no se haya curado completamente, tendrá derecho a cobrar 31,32 euros, por baja no impeditiva.
Por otra parte, tendrá derecho a cobrar una indemnización que cubra el coste de la reparación de la bicicleta. Asimismo, si otros bienes materiales quedaran deteriorados a causa del accidente (teléfono móvil, reloj, gafas, etc.), también puede reclamar una indemnización por ellos.
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